Claves del fallo judicial

Sentencia de Europa sobre los interinos: qué supone y a cuántos trabajadores públicos afecta

El fallo judicial obligará al Gobierno a introducir cambios legales y promete llenar los juzgados de demandas

Miles de interinos se manifiestan para reclamar su estabilización, en una imagen de archivo.

Miles de interinos se manifiestan para reclamar su estabilización, en una imagen de archivo. / EFE

Gabriel Ubieto

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido este pasado jueves una nueva sentencia sobre si la normativa española cumple o no con los interinos en fraude. El fallo supone un nuevo correctivo para la legislación española, reitera la doctrina europea y, a expensas de si el Gobierno decide modificar o no la ley, lo que seguro provocará es un aumento del número de litigios en los juzgados.

Las interpretaciones en relación a qué efectos tendrá el fallo y a quién atañe varían sustancialmente según la fuente consultada, si bien todas coinciden en que el sistema de indemnizaciones vigente no se ajusta a la ley y el Gobierno deberá cambiarlo, exponiéndose a una ola de litigios si no lo hace. Y la principal diferencia de criterio reside en si dentro de la actual legislación española hay espacio suficiente para aceptar la recomendación del TJUE de hacer indefinidos a los interinos en fraude.

¿Cómo aplicarán los juzgados de primera instancia españoles la referencia que les dejan (y deben seguir) desde Europa? ¿Afecta a todos o solo a una parte de los empleados públicos? ¿Qué pasará con los procesos extraordinarios de estabilización en curso o ya finalizados y en los que están participando decenas de miles de interinos? Las respuestas a estas preguntas todavía no están del todo claras, si bien las distintas fuentes consultadas para este reportaje tratan de clarificar la polémica sentencia del TJUE.

¿Qué dice la sentencia?

La sentencia dictada por el TJUE sobre la situación de abuso de los interinos no es la primera que dictan los magistrados europeos. En reiteradas ocasiones han recriminado a España que abusa de la figura del eventual en la Administración pública y que carece de los mecanismos de control y sanción, en caso de incumplimiento. No obstante, sí que es la primera vez que los magistrados se pronuncian sobre la figura del funcionario de carrera desde que el Gobierno confeccionó y aprobó una nueva normativa para tratar de adaptarse a los requisitos de la doctrina común en la UE.

El fallo judicial viene a dirimir tres cuestiones. Primero: la norma española no cumple con los acuerdos de la Unión, no protege del abuso a los interinos y tampoco tiene un mecanismo de sanciones para disuadir a la Administración.

Segunda cuestión: da por buenos los procesos de estabilización en curso y no cuestiona a aquellos eventuales que han logrado consolidar su plaza a través de los mismos. Si bien también manifiesta que estos son condición necesaria, pero no suficiente para combatir los abusos de la temporalidad.

"Dado que la convocatoria de dichos procesos es independiente de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de relaciones de servicio de duración determinada, no resulta adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de tales relaciones ni para eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión", afirma el TJUE. Es decir, a quiénes se quedaron fuera el Estado debe darles resarcimiento.

Tercera cuestión: El sistema de indemnizaciones para quien termine su relación temporal con la Administración no es ajustado a la ley. Actualmente aquellos interinos que se presenten a los procesos extraordinarios para consolidar su plaza y no lo consigan reciben una compensación de 20 días por año trabajado, con tope de 12 mensualidades.

Como este importe también rige para los temporales no en abuso, el TJUE considera que "no permite ni la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de tales abusos".

¿A quién afecta el fallo?

La cifra de potenciales afectados por el fallo varía según las fuentes consultadas, pero el perímetro sería de miles de personas. La sentencia emitida este jueves no se entiende sin la que ya dictó este mismo tribunal el pasado febrero. La misma ya adelantaba su criterio, pero entonces se pronunció sobre tres demandantes que pertenecían al personal laboral. Lo que provocó que hubiera actores que únicamente consideraran validas sus conclusiones para este cuerpo.

La principal novedad que trae esta última sentencia es que se pronuncia sobre funcionarios de carrera que estén ocupando plaza como interinos, extendiendo de manera inequívoca sus conclusiones a este cuerpo. Es decir, el criterio manifestado por el TJUE ya puede considerarse que se extiende a toda la función pública.

¿Pasan automáticamente a fijos los interinos en fraude?

Si la sentencia del TJUE garantiza a los interinos en fraude la condición de indefinidos es el principal objeto de interpretación de esta sentencia. Las plataformas de interinos, abogados afines o parte de los sindicatos consideran que sí, mientras que otras centrales y juristas consideran que no. El Gobierno, por su parte, ha optado por ignorar el fallo judicial y esperar a que el propio TJUE responda a las preguntas que le ha remitido el Tribunal Supremo al respecto para pronunciarse.

El TJUE recuerda que la conversión de interino a indefinidos "puede constituir una sanción al abuso de temporalidad cuando no existe en el ordenamiento jurídico interno ningún otro mecanismo que se ajuste la normativa europea como sería el caso del Estado español", afirma el abogado Pau Martí, que ha llevado varias causas de interinos en fraude. ¿Pero tiene cabida la conversión a fijo dentro de la ley española?

"La conversión automática en fijos o de carrera solo es posible si no existe Derecho nacional en contra, y dado que existen principios constitucionales y reglas legales que solo imponen mérito y capacidad como acceso a la fijeza, y dado que la temporalidad no revela en sí misma tales condiciones, no hay lugar para la usucapión de la plaza ni la conversión automática", ha escrito en su blog el magistrado del TSJ de Asturias José Ramón Chaves.

El letrado Javier Arauz, que durante los últimos años ha ido haciendo actos con interinos por toda España para llevar sus demandas a través de su bufete, disiente y considera que la fijeza es la "única" opción; si bien el TJUE, en su literalidad, no es tan contundente.

¿Deberán repetirse los procesos de estabilización?

La sentencia avala los procesos iniciados desde 2021 por las diferentes administraciones para estabilizar a interinos, como los concursos de méritos y concursos oposición. No los cuestiona, si bien sí considera que no son suficientes para evitar los abusos de temporalidad.

Así que aquellas personas que ya hayan logrado estabilizar su plaza mediante uno de los concursos extraordinarios habilitados por las distintas administraciones nada debería temer y retendría su plaza. Cuestión diferente puede ser en el caso de los concursos en marcha, pero todavía no concluidos.

CCOO UGT opinan que aquellos procesos en curso se ajustan a la ley y no deben detenerse. "La sentencia del TJUE avala la estrategia seguida por el sindicato para acabar con la temporalidad [...] que ha estabilizado a más de 44.000 personas en la Generalitat y más de 15.000 en las administraciones locales que se encontraban en abuso de temporalidad", han afirmado desde la central en un comunicado. 

El sindicato Csif, con fuerte peso en la administración estatal, es menos optimista y ha avisado de que "llevará a los tribunales a las administraciones que superen el 8% de temporalidad", que es el objetivo marcado en la ley para 2025.

¿Qué pasa con las indemnizaciones?

Donde hay menos debate es en la claridad con la que el TJUE, como ya hizo en febrero, ha cargado contra el sistema de indemnizaciones fijado por la ley española. Esta da derecho a una compensación equivalente a 20 días por año trabajado por un máximo de 12 mensualidades a aquellos eventuales que sean cesados una vez su plaza se asigne a alguien que ha ganado una oposición.

"No permite ni la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de tales abusos", sentencian los magistrados. Juzgados de primera instancia de todo el país ya están reconociendo mayores indemnizaciones a las tasadas por ley desde la sentencia de febrero y, tras esta, la previsión es que esa proporción aumente.